martes, 5 de abril de 2016

Cuatro artículos de la "Ley de Medios" son inconstitucionales
La Suprema Corte de Justicia encontró inconstitucionalidades en cuatro artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. La obligatoriedad de transmitir los partidos de Uruguay, el tope de abonados y el mínimo de producción nacional están entre los artículos inconstitucionales.
 
La Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucionales cuatro artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Los ministros de la corte dieron cabida así al reclamo que había presentado la empresa DirecTV, al sentirse perjudicada por la norma aprobada en 2014.

Los artículos inconstitucionales son el 39 en su inciso 3, el 55, el 60 y el 98 en su inciso 2.
 
El artículo 30 refiere a los "eventos de interés general" y había generado polémica ante la negativa de Tenfield de ceder a los canales abiertos la señal de los partidos de la Selección Uruguaya de Fútbol.
 
El artículo sostiene que "en caso de emitirse por televisión los eventos que involucren actividades oficiales de las selecciones nacionales de fútbol y de básquetbol en instancias definitorias de torneos internacionales y en instancias clasificatorias para los mismos, deberán ser emitidos a través de un servicio de radiodifusión de televisión en abierto y en directo y simultáneo".
 
El artículo 55, en tanto, establece que "el total de suscriptores de las empresas de televisión para abonados autorizadas en todo el territorio nacional no podrá superar el 25% del total de hogares con televisión para abonados de todo el país" ni el 35% de los hogares en "cada territorio donde existan autorizaciones o licencias de menor alcance".
 
También fue declarado inconstitucional el artículo 60, referente a la "promoción de la producción nacional de televisión" y obliga a los canales comerciales a que "al menos el 60% de la programación" sea "producción o coproducción nacional". De ese porcentaje, el 30% debe provenir de "productores independientes".
 
El mismo artículo establecía que "un mínimo de dos horas por semana" deben estar dedicadas a "ficción televisiva o de películas cinematográficas", la mitad de las cuales deben ser "de producción independiente", así como "un mínimo de dos horas" para "programas de agenda cultural".
 
 El cuarto artículo que según la Suprema Corte viola la Constitución es el 98 en su inciso 2, que señala que "si surgieran inconvenientes para el normal desarrollo de las inspecciones como consecuencia de la oposición de los titulares de los servicios debidamente comprobada, se dará lugar a la suspensión inmediata de las emisiones".

lunes, 4 de abril de 2016

Los titulares de Radio Maldonado, entregaron la frecuencia
En las últimas horas los representantes de Lamaison S.R.L., presentaron una nota ante la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (Ursec), para trasmitir la decisión de cerrar la emisora y por ende entregar la frecuencia.

La nota fechada el 30 de marzo de 2016 a la que accedió Uy Medios, establece que: “el juzgado que tiene a su cargo el concurso de la empresa”, dispuso el cese inmediato de las actividades del deudor.

El decreto 703/2016 de fecha 16 de Marzo de 2016 al que accedió Uy Medios establece: “De conformidad con lo previsto por el Art. 44 de la Ley No 18.387 dispónese el cese inmediato de la actividad del deudor, comunicándose y notificándose en la forma de estilo. En relación a la solicitud de pago anticipado solicitada a fs. 621 téngase presente lo manifestado por el Interventor, con noticia personal al acreedor laboral. Dra. María Constanza Farfalla - Juez Letrado”

La situación de las emisoras del interior es deficitaria y en el mejor de los casos de escasa rentabilidad. Ya este año, y también en Maldonado, varias emisoras achicaron sus plantillas de funcionarios y en otros puntos del interior del país, trabajan con el mínimo y en alguno de los casos, las radios pasaron a ser una mera computadora.

De más de 4.000 empleos en los años 90, hoy las emisoras del interior emplean algo más de 1.500 trabajadores.

Por otro lado, no tienen una representación gremial que los represente responsablemente, y trabaje por su problemática. Los radiodifusores del interior son representados por dos entidades gremiales, Andebu y Rami. En el caso de Andebu, son muy pocas las radios del interior socias, en cuanto a Rami, su plantilla social llega casi al 70 % de las radios instaladas en el interior, pero su actividad gremial es testimonial y en los últimos 5 años a desaparecido, en los hechos, de la defensa de sus representados.

El cierre de Radio Maldonado, por problemas económicos y financieros, tal como establece la nota que fuera elevada a Ursec, establece las dificultades de la empresa para mantener la onda al aire, pero también de los integrantes de Lamaison S.R.L..

Este punto establecería que los integrantes de Lamaison S.R.L., tampoco podrían operar otras ondas y sistemas de cables que si hacen.

Una fuente del ejecutivo, confirmó a nuestro medio que será elevado a presidencia el cierre de la frecuencia 1560 A.M. de Maldonado. Por otro lado se analizarán los permisos de la emisora 103.5 Mhz. y la concesión del servicio de TV para abonados, que siguen operando los mismos concesionarios de Lamaison S.R.L..

domingo, 3 de abril de 2016

MiniCom autoriza estaciones de radio AM en Rio Grande do Norte para migrar a la banda de FM
Estado es el primer beneficiario. Los organismos de radiodifusión todavía tienen que pagar la diferencia del valor de las subvenciones

Ocho estaciones de radio AM en Rio Grande do Norte migrará a la banda de FM, según autorizó el ministro de Comunicaciones, Paulo Bernardo, en una orden de principios de esta semana.

Los organismos de radiodifusión todavía tienen que pagar la diferencia entre el valor de las transferencias de AM y FM antes en funcionamiento, informa la Secretaría de Comunicaciones (MiniCom). Este problema se solucionará por un consultor contratado por el ministerio.

La expectativa es que el proceso sea completado a principios de noviembre. El paso a la banda de FM fue autorizada por el decreto de 8139 de finales del año pasado. Con la migración tiene por objeto revitalizar la radio AM, recuperar a su público y evitar la interferencia de la señal. Además, no puedan ser recibidas por los dispositivos móviles como teléfonos y tabletas.

Rio Grande do Norte es el primer estado en beneficiarse de la medida. La consulta pública para la realización de viabilidad técnica también se está llevando a cabo en los estados de Amazonas, Roraima, Rondonia, Amapá y Tocantins.
Radio Maldonado, apago definitivamente su transmisor
La empresa, que se encuentra en concurso, debido a una situación económica complicada, despidió a la totalidad de sus funcionarios y clausuro sus emisiones normales el pasado 29 de febrero por orden judicial. Su transmisor continuo emitiendo hasta este 31 de marzo, momento en que apago definitivamente. Los responsables de la empresa Lamaison S.R.L. y el representante de la sindicatura, comunicaron a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (Ursec), la decisión.

Según los procesos legales correspondientes, la Ursec intimara a Lamaison S.R.L. a continuar emitiendo y de no hacerlo, se procederá a la revocación del permiso para operar la frecuencia 1560 Khz. de la ciudad de Maldonado.

La Dirección Nacional de Telecomunicaciones (Dinatel) y la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (Ursec), deberán resolver si se licita nuevamente o no.

De acuerdo a la política que ha llevado adelante los reguladores, no se adjudicarán más ondas de Amplitud Modulada en el país. En este sentido se conoce que no se adjudicaran las frecuencias de las ex emisoras: Cultural de Salto, Radio Chuy en Rocha y Radio Independencia de Montevideo, las que luego del cierre, no hubo un nuevo llamado.
Se presentará informe regional sobre los procesos de transición a la TV digital
El Observatorio Latinoamericano de Regulación, Medios y Convergencia (OBSERVACOM) presentará en audiencia temática ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su 157° período ordinario de sesiones, el informe sobre “Procesos a la transición a la Televisión digital: Amenazas y oportunidades para la Diversidad y el Pluralismo en América Latina”, el cual contiene un panorama de la situación de la transición a la Televisión Digital Terrestre (TDT) en los distintos países de la región latinoamericana y releva las políticas públicas y regulaciones de los Estados en relación con los Estándares de Libertad de Expresión para la Transición a una Televisión Digital Abierta, Diversa, Plural e Inclusiva desarrollados por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH.

La audiencia se llevará a cabo el martes 5 de abril a las 17:00 horas y será compartida con la Asociación Internacional de Radiodifusores (AIR) bajo el título “Derecho a la libertad de expresión y regulación de medios de comunicación audiovisual en América”. La audiencia podrá ser seguida en transmisión web desde el sitio oficial de la CIDH.

El objetivo del informe es verificar si las oportunidades que abre la transición digital en el sector audiovisual están siendo aprovechados por los Estados para promover y fortalecer el pluralismo, la diversidad y por ende la libertad de expresión, una vez que se cumple un año de la emisión de los estándares en la materia por la CIDH y que deberían de ser contemplados por los países en cumplimiento de sus compromisos internacionales.

Para ello, OBSERVACOM ha desarrollado una serie de indicadores para evaluar cómo las regulaciones y planes de implementación de los Estados son compatibles con dichos estándares. Entre ellos se destacan las reservas del espectro para medios sociales y comunitarios, el destino del dividendo digital, los límites a la concentración, las políticas de gestión de espectro para la entrada de nuevos servicios, los apoyos a la población con menos recursos para que esté incluida en el apagón analógico, entre otros.

OBSERVACOM también participará de una mesa redonda para comentar el Informe Anual sobre Libertad de Expresión 2015 de la Relatoría Especial de Libertad de Expresión “2015: Un año clave para la libertad de expresión y la democracia en América”, que será presentado por el Secretario General de la OEA, Luis Almagro, por el Relator de Libertad de Expresión de la CIDH, Edison Lanza, y el presidente de la CIDH, James Cavallaro. La actividad se llevará a cabo el martes 5 de abril de 13:00 a 15:00 horas en la Elliott School of International Affairs, de The George Washington University.

lunes, 28 de marzo de 2016

Fiscalía emite opinión sobre la constitucionalidad de la Ley Audiovisual en Uruguay
La Fiscalía de Corte de Uruguay, difundió públicamente tres dictámenes sobre los 22 recursos de inconstitucionalidad presentados por empresarios de medios contra la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) aprobada en diciembre de 2014.

Con anterioridad el Fiscal Jorge Díaz  opinó ante el recurso de la transnacional norteamericana DirecTV (quien denunció 27 artículos de la LSCA). En aquél momento consideró que 5 artículos completos serían inconstitucionales y 9 lo serían en forma parcial (un literal, inciso o párrafo de los artículos, pero que en la mayoría no afectan el fondo de la disposición cuestionada).

En declaraciones que formulé a medios de prensa en esos momentos afirmaba que podía concluirse que no se trataba de una ley mordaza como muchos acusaron, ya que ninguno de los argumentos sobre vicios de inconstitucionalidad expresados por la Fiscalía referían a una vulneración del derecho a la libertad de expresión, consagrado en el artículo 29 de la Constitución de la República.

La estrategia de bloquear y hacer caer la ley implicó que las gremiales de empresarios de la radio y la TV (abierta y para abonados) recurrieran nada menos que las 2/3 partes de la ley (131 artículos de 202), con lo que casi todos los aspectos de la norma fueron denunciados por ser inconstitucionales. En Argentina, donde también hubo recursos y la Corte Suprema falló a favor la ley audiovisual, sólo se impugnaron un par de artículos relacionados con la concentración de medios.

La prolífica presentación de recursos de inconstitucionalidad contra 100 artículos nuevos no modificó sustancialmente la situación: en los nuevos dictámenes del Fiscal éste sólo acepta errores en apenas 3 artículos completos más (y 6 con vicios parciales). Debe hacerse notar que 3 de los artículos rechazados son disposiciones transitorias.

Veamos un resumen de los aspectos negativos y positivos:
Los temas que ya marcaron el primer dictamen se reiteran en los nuevos. Sin reproches a la exigencia de mínimos de producción nacional en TV (60%) y radio (30%), el Fiscal cuestiona algunas de las disposiciones que concretizan esas obligaciones (por ejemplo determinar horarios y formatos de estas exigencias, en especial referidos a ficción en prime time) entendiendo que se trataría de un cuasi “gerenciamiento conjunto”.

Para la Fiscalía serían inconstitucionales también dos artículos relacionados con las medidas anti-concentración como disponer límites a la propiedad cruzada (una empresa no puede acumular licencias de telecomunicaciones con licencias de TV) y límites a la cantidad de abonados que un operador puede concentrar (una disposición que afecta particularmente a las empresas de TV satelital).

La mayoría de estos cuestionamientos están basados en una eventual violación al derecho de propiedad y la libertad de empresa. No obstante, avala a texto expreso la necesidad de que el Estado apruebe legislación para evitar la concentración mediática, opinando que son constitucionales los límites a la multiplicidad de licencias, tanto de personas como de grupos económicos, en radio, TV abierta o por abonados así como la exigencia de adecuación a esos límites de parte de aquellos que superen esos límites.

Como ha pasado en otros países, dos temas centraron los discursos contra la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual: uno de ellos era su supuesto objetivo de censura o mordaza contra periodistas y medios, lo que tenía que ver con límites para proteger a la niñez, en especial en los informativos. Un ex-presidente del Partido Colorado afirmó que se trataba de un “revólver en la nuca del periodismo independiente”.

El otro discurso denunciaba la finalidad fiscalizadora y represiva de los organismos de aplicación de la ley, haciendo referencia a la multiplicación de organismos controladores y la creación del Consejo de Comunicación Audiovisual, acusándolo de ser un instrumento claro de injerencia del gobierno en los contenidos, como decía un editorial del principal diario uruguayo, El País: “Su finalidad última evidentemente, copiando los malos ejemplos de la región, es procurar ejercer el control político sobre los medios de comunicación, en particular las radios y la televisión”.
En esos dos temas fundamentales para la estructura y finalidad de la norma, la Fiscalía ratifica su constitucionalidad, muy claramente:

1. Ya se había expedido sobre la constitucionalidad de la regulación de los medios para proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes (arts. 30 a 33), ahora también avala el art 28 (no discriminación) y el derecho a la accesibilidad de las personas con discapacidad auditiva y visual (arts. 35 a 37). Es decir, todo el bloque de Derechos de las Personas sería constitucional (29 artículos), salvo en lo referido, parcialmente, a la transmisión eventos de interés general de manera gratuita en el canal público (art 40).

2. Rechaza todas las impugnaciones de violación a la Constitución de los artículos relacionados con el diseño institucional de fiscalización y aplicación de la ley, incluidas las competencias, conformación y ubicación del Consejo de Comunicación Audiovisual (CCA), la Comisión Honoraria Asesor de SCA (CHASCA) y la Defensoría del Público.

3. Otros aspectos de la LSCA, muy importantes para los objetivos de la norma, que no violan la Constitución según la Fiscalía de Corte:

a) la obligación de transportar a los servicios de TV abierta (o must carry, clave para el despliegue de TV digital),
b) los límites a la publicidad que se puede emitir por hora,
c) el derecho a recibir eventos de interés general por TV abierta,
d) el control al uso de testaferros para engañar la legislación,
e) el procedimiento de concurso mediante proyectos comunicacionales para acceder a concesiones de radio y TV,
f) la gratuidad de las campañas de bien público emitidas por medios audiovisuales (15 minutos diarios para no tener que pagar la campaña contra el Dengue),
g) la determinación de plazos para las concesiones
h) el acceso gratuito a la publicidad electoral
i) la exigencia de códigos de ética o profesionales en todos los medios, y que éstos sean públicos
j) la obligación de pagar por licencia y uso de espectro (si, si, también tener que pagar algo fue denunciado por inconstitucional)

Resumiendo: la opinión de la Fiscalía mantiene coherencia con su primer dictamen, como era de esperar, y por lo tanto se mantienen los resultados negativos respecto a los temas vinculados a concentración de medios.

Pero también se debe destacar que se avalan otras medidas anti-concentración incluidas en la norma; se ratifica que no hay violación a la libertad de expresión cuando la LSCA regula el funcionamiento de los medios para proteger a la infancia, a los discapacitados y evitar la discriminación; y se rechazan los argumentos en contra del nuevo diseño institucional, incluyendo el CCA, un organismo clave para la aplicación de la Ley.

En definitiva, en caso que la Corte otorgara razón a la Fiscalía, la estructura y los aspectos centrales de la Ley N°19.307 o Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual se mantendrían intactos.
Fuente: Ovservacom

domingo, 20 de marzo de 2016

Se acerca una nueva edición del Punta Show Summit
El 26 y 27 de abril, Punta Show 2016 Summit vuelve a convocar a un evento internacional que luego de doce exitosas ediciones, ha consolidado su lugar en el calendario anual de la industria.

La presencia de importantes personalidades, MSO’s y CEO’s de varios países de América Latina, hacen de Punta Show 2016 una cita obligada para todos aquellos que se precien de tener un contacto personal con sus clientes, con el valor agregado de estar en un contexto paradisíaco.

El objetivo de Punta Show 2016 será generar un punto de encuentro donde todos los sectores vinculados a la televisión en la región y el mundo puedan alcanzar el mentado crecimiento, fomentando la competitividad de una industria que se encuentra en permanente desarrollo, a través de una fuerte exposición comercial con más de 50 stands, en conjunto con una serie de conferencias, foros y workshops donde se debatirán los temas que atañen al presente y futuro de la industria.

Durante dos días, Conrad Punta del Este Resort & Casino recibirá a productoras de contenidos, operadores de cable, programadores de televisión abierta y paga, radiodifusores, altos ejecutivos de entes reguladores, políticos, técnicos, autoridades, funcionarios y otros actores vinculados al sector, que harán nuevamente de Punta Show un éxito rotundo.

Una vez más convocamos a toda la industria de la región a participar de este evento, que sigue creciendo año a año, involucrando cada vez a más empresas y a más ramas del sector, para colmar las expectativas de crecimiento de una industria que se destaca por su dinamismo y acelerado desarrollo.