martes, 25 de octubre de 2016

Columna de opinión.
Pruebas de Claro para ganar juicio ante el TCA
El 28 de setiembre de este año, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) dio la razón a Flimay SA (empresa perteneciente a la transnacional de telecomunicaciones Claro/América Móvil) e intimó al Poder Ejecutivo a que, en un plazo de diez días, suspendiera los efectos de la Resolución N° 269 de 2013, que revocó su licencia para brindar servicios de televisión satelital para abonados. Flimay presentó un recurso de amparo el 11, un día después de que el gobierno aprobara una resolución en la que acataba la decisión del TCA, impugnación que conocerá sentencia el jueves 27.

La resolución impugnada fue dictada el 16 de mayo de 2013 y volvía a revocar una licencia de Televisión Directa al Hogar (TDH) otorgada por la Unidad Reguladora de los Servicios de Comunicaciones (Ursec) en 2008 a la citada empresa de capital mexicano, por razones de ilegitimidad. Es decir que la Ursec no debería haber dado el permiso, porque la empresa no cumplía con los requisitos legales exigidos desde el punto de vista societario.

Es muy interesante destacar que lo que motivó al gobierno a actuar en esta ocasión no fueron las gestiones de Antel, sino varias denuncias y recursos presentados por las empresas uruguayas de televisión para abonados representadas en las gremiales Cámara Uruguaya de Televisión para Abonados y Asociación Nacional de Broadcasterd Uruguayos.

Hasta ahora, el TCA no se expidió sobre el tema de fondo, es decir, si Flimay puede o no puede tener una licencia de televisión para abonados y, por tanto, si la revocación es legítima. La resolución sólo obliga al Poder Ejecutivo a la “suspensión transitoria y total” del acto impugnado -y aquí viene otra polémica sobre el impacto que tiene sobre la autorización inicial si esta se mantiene o cayó con la decisión-, haciendo referencia a una anterior decisión del organismo que también suspendía la resolución tomada por el Poder Ejecutivo. La última decisión de setiembre (mientras se tramita esta semana el recurso de amparo mencionado) tiene como origen y fundamento, por tanto, esta resolución anterior: la Resolución N° 587, de octubre de 2014.

Las razones esgrimidas por Flimay/Claro y las conductas posteriores de la transnacional en relación con esta situación deben destacarse, especialmente por cómo revelan el accionar de la poderosa empresa mexicana para lograr sus objetivos comerciales aun cuando, en opinión de analistas y autoridades consultadas, ello implique el falseamiento de pruebas (que influyó indebidamente en la decisión tomada por el TCA) e incluso indicios de fraude aduanero (para generar hechos consumados ante la aprobación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y su impacto en los negocios de la empresa).

El principal argumento utilizado para que el TCA aceptara el pedido de suspensión fue que la empresa tenía un gran perjuicio económico con estas idas y vueltas en las decisiones gubernamentales, en tanto habían importado receptores y se volvían obsoletos, con la consecuente depreciación de su valor.

Antes de seguir, una explicación necesaria: como forma de frenar la piratería en el sector, un decreto de 2012 obliga a toda empresa que quiera importar equipos receptores de televisión para abonados, a contar con una autorización previa de Ursec (Decreto N° 276/12), por lo que todos los trámites aduaneros para este tipo de aparatos deben pasar, obligatoriamente, por el organismo regulador uruguayo. Por tanto, si Flimay quería importar equipos (los que se volvían obsoletos) debería no sólo haber hecho los trámites de Aduana y pagado los aranceles correspondientes, sino también solicitado a Ursec un permiso para hacerlo.

Pues bien: a la fecha de la resolución del TCA (24 de octubre de 2014), Flimay no había recibido autorización de importación y, por tanto, nunca debió haber ingresado equipos a Uruguay. ¿Qué hizo, entonces, para que le dieran la razón y se suspendiera la revocación?

Apenas presentaron carátulas del inicio de trámites de autorización de importación y promesas de compras de equipos en el exterior. Como mencionaba en un informe de la época el ingeniero Sergio de Cola, ex director nacional de Telecomunicaciones: “Ninguno de los trámites iniciados ante la Ursec terminó en la expedición de la autorización, por lo que mal puede haber importado equipos en forma legal. Por otra parte, las ‘facturas proforma’ no se convierten en una transacción comercial efectiva hasta el momento en que se produce el embarque de la mercadería”.

Según estos elementos de juicio, entonces, las pruebas presentadas por la empresa mexicana fueron falsas e indujeron al TCA a un error: si no hay equipos, no hay perjuicio económico.

Que Flimay no tenía equipos antes de la resolución del TCA lo muestra otro hecho que, de confirmarse, configuraría otra grave práctica de la corporación transnacional: el 5 de enero de 2015, solicitó a Ursec ser inscripta en el registro de operadores de televisión para abonados, ante lo cual el regulador la intima a indicar cómo era posible que estuvieran en condiciones de brindar servicios si no habían importado equipos...

En su respuesta, la empresa informa que había importado 100 decodificadores y otros dispositivos en diciembre de 2014, pero que el despachante de aduana, por error, codificó mal los equipos importados, y el trámite no siguió a Ursec, por lo que esta no fue consultada.

Es decir, la “equivocación” asumida por el despachante impidió que se hicieran los controles legalmente exigidos y que se autorizara la importación, una práctica que varias fuentes no dudaron en señalar como fraudulenta. También comentaron otros elementos de un proceso de importación que habría tenido graves irregularidades, parte de las que se exponen en estos días en la consideración del amparo que tramita el juez Gabriel Ohanian.

Estas gestiones urgentes hacia fines de año (los equipos habrían llegado e ingresado al país el mismo 31 de diciembre, con una celeridad pocas veces vista) tenían un motivo: instalar la idea de que Claro estaba brindando el servicio de televisión para abonados desde antes de la aprobación y entrada en vigencia de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, de forma de ampararse en las disposiciones transitorias de la norma, que establecen un plazo de un año para adecuarse a la prohibición establecida en el artículo 56 (propiedad cruzada), siempre que ya se estuvieran prestando servicios. Y siempre que, Claro está, su licencia para brindar servicios de televisión por abonados esté vigente, cuestión que aún llevará aproximadamente un año dilucidar en forma definitiva.

Mientras tanto, las denunciadas prácticas engañosas le permiten seguir poniendo en jaque a un gobierno que, si pierde, o aun si gana, podría quedar expuesto a juicios por daños, perjuicios y lucro cesante. Y colocar en alerta máxima a la televisión para abonados de Uruguay, con gran preocupación por la posibilidad de tener que enfrentarse a una estrategia predatoria como la que aplicó Claro/América Móvil en Paraguay (que hizo vender su licencia nada menos que al Grupo Clarín), y que no sólo afecte el negocio de DirecTV, Cablevisión y los cables de Montevideo, sino, particularmente, a las pequeñas y medianas cableras del interior.
Gustavo Gómez

sábado, 22 de octubre de 2016

Rami no realizará los Premios Gaucho y oficializó desavenencias con Cuta
En una circular que lleva el número 874, del pasado 11 de octubre, La Asociación Radios AM del Interior (RAMI), comunicó a sus socios, que no realizará la edición 2016 del Premios Gaucho, al tiempo de informar que la Cámara de Televisión para Abonados (CUTA), si lo hará con otra denominación, dejando ver desavenencias entre las dos gremiales. De la circular se desprende que el evento que realizara CUTA, será con otra denominación.

Según información recogida por nuestro portal, en la dependencia correspondiente, la marca Premios Gaucho, pertenecía a ambas instituciones, pero este año, se presento ante la Dirección Nacional de la Propiedad Intelectual (MIEN DNPI), la gremial de las radios y la renovó en forma individual.

La Circular dirigida a los socios a la que tubo acceso Uy Medios, expresa:

“Estimados asociados:
Les comunicamos que este año nuestra Institución no va a organizar los PREMIOS GAUCHOS.

Como es de conocimiento, CUTA en forma unilateral y sin comunicación alguna, resolvió realizar en el mes de Diciembre, sin la participación de nuestra Institución, la entrega de premios exclusivamente a sus socios cable operadores y no como ha sucedido en las ediciones anteriores, que los Premios se realizaban para premiar a los radiodifusores y cable operadores del Interior del País, desconociéndose en ésta instancia la denominación de los premios.

Tal situación, recientemente oficializada, nos impide por razones de tiempo, la organización de nuestro premios Gaucho con la planificación y seriedad necesaria.

Cabe destacar que RAMI, siempre ha procurado que dicho Evento se realice en forma conjunta con Cuta, contando además con la colaboración en su organización del Grupo Isos.

Lamentablemente, las cosas se dieron así, pero no cejaremos en nuestro esfuerzo de recomponer la relación, caso contrario nos veremos en la obligación de seguir por nuestra cuenta con la actividad que procura premiar a los radiodifusores del interior.”

jueves, 20 de octubre de 2016

Juez brasileño llamó a encarar el riesgo ambiental con un criterio pragmático
Durante una presentación en las instalaciones de Grupo U en Montevideo, Uruguay, el juez Gabriel Wedy realizó un crudo diagnóstico de la situación ambiental en la era de los cambios climáticos y de las complejas circunstancias de desigualdad social que enfrenta el mundo moderno.

El juez federal de Brasil, profesor Gabriel Wedy (ex-presidente de Asociación de Jueces Federales) dictó ayer una conferencia sobre Libertad de Expresión y Desarrollo Sustentable. La misma se realizó el pasado martes 18 de octubre durante la tarde, en las instalaciones de Grupo U ubicadas en la ciudad de Montevideo (Uruguay).

El magistrado, especialista en temas ambientales, fue invitado por el Centro de Estudios para el Desarrollo de las Telecomunicaciones y el Acceso a la Sociedad de la Información en América Latina (CERTAL). El presidente ejecutivo de CERTAL, Pablo Scotellaro, recibió y dio la bienvenida a las delegaciones de Argentina, Paraguay y Brasil que participaron del encuentro.

El juez Gabriel Wedy, realizó un crudo diagnóstico de la situación ambiental en la era de los cambios climáticos y de las complejas circunstancias de desigualdad social que enfrenta el mundo moderno. Asimismo, el magistrado recalcó la necesidad de gobiernos pragmáticos que enfrenten el problema desde una óptica política y regional, sin importar su ideología o color político.

Sobre CERTAL
CERTAL tiene como objetivo el análisis, e investigación del mercado de las telecomunicaciones, de la industria de medios audiovisuales y el desarrollo de la Sociedad de la Información en América Latina y en el mundo.
Certal en el camino de la Libertad de Expresión
El Centro de Estudios para el Desarrollo de las Telecomunicaciones y el Acceso a la Sociedad de la Información de América Latina, realizó una conferencia en Montevideo. El mitin tubo lugar el martes 18 de octubre de 2016, desde la hora 18:00 en Montevideo.

Con “Libertad de Expresión y Desarrollo Sustentable” como tema, su importancia en la era de los cambios climáticos, el Prof. Gabriel Wedy, Juez Federa y ex presidente de la Asociación de los Jueces Federales de Brazil – Ajufe, ofreció una conferencia magistral.

Con una selecta concurrencia de actores vinculados al tema procedentes de Uruguay, Paraguay, Argentina, Chile, Panamá, Colombia, México e Italia, Certal desarrolló otro evento, enmarcado en la concienciación de los temas de actualidad.

martes, 18 de octubre de 2016

Rechazan dualidad de criterios de SCJ sobre ley de medios
El Secretariado Ejecutivo del PIT-CNT emitió una declaración a través de la cual se pone a "disposición" del Sindicato Único de las Telecomunicaciones (Sutel) y anuncia que se declara en "estado de alerta". Esta resolución se adopta luego de haber analizado el informe realizado por Sutel y que se refiere a los recursos de inconstitucionalidad que presentaron empresas privadas cuestionando el artículo N° 56 de la Ley de medios".

La dirección de la central sindical sostiene que "nos llama fuertemente la atención la dualidad de criterios de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) para fallar sobre un mismo tema. Esta situación de doble interpretación es inentendible y queremos suponer que no responde a ningún tipo de presión de alguna empresa específicamente".

lunes, 17 de octubre de 2016

La LSCA supera el test de constitucionalidad
El Presidente de Suprema Corte de Uruguay afirma que sentencias sobre Ley de Medios sientan jurisprudencia: “una buena ley que supera el test de constitucionalidad”.
 
El Presidente de la Suprema Corte de Justicia de Uruguay, Ricardo Pérez Manrique, analizó el resultado de 10 sentencias dictadas hasta el momento ante recursos de inconstitucionalidad contra la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) y afirmó que “en este momento esas sentencias marcan el rumbo definitivo de la Corte, por lo menos con esta integración”. Las declaraciones fueron realizadas durante el 7° Congreso de Reguladores del Audiovisual de Iberoamérica, que tuvo lugar el 7 de octubre en Santiago de Chile, donde brindó una conferencia sobre “Jurisprudencia en Regulación Audiovisual”.
 
“De unos 200 artículos (que tiene la ley) hemos declarado inconstitucionales unos pocos artículos, y esos artículos no hacen a lo que es la estructura de la ley. Es decir, la estructura en cuanto a derechos de los usuarios, la estructura en cuanto a la creación de un organismo independiente y con integración multisectorial… ha superado el test de constitucionalidad, así como la gran mayoría de la norma”, concluyó el juez.
 
Tratándose de aspectos referidos a la libertad de expresión, Pérez Manrique señaló que “la limitación al derecho deben ser la excepción” y que “cuando exista duda debe buscarse una solución que signifique la menor afectación del derecho de la libertad de expresión”. Sobre este principio, “la Corte afirma”, dijo Pérez Manrique que “la Ley 19.307 es una herramienta por la cual el legislador, en ejercicio de su facultad de configuración normativa, ha buscado promover la libertad de expresión y de comunicación en su dimensión colectiva. Es decir, la Corte recoge, como criterio general, y a eso se debe su jurisprudencia, que estamos ante una buena ley que cumple una finalidad de tipo constitucional”, salvo en algunos artículos puntuales.
 
Ante los numerosos recursos de inconstitucionalidad presentados contra la LSCA, el Poder Ejecutivo decidió esperar a que la Corte se expidiera al respecto lo que ha paralizado, por ejemplo, la creación del organismo regulador y de aplicación de la norma, el Consejo de Comunicación Audiovisual (CCA). El Presidente de la SCJ se refirió en su intervención a ello, expresando que “esperemos que ahora que tenemos una jurisprudencia definida, el Poder Ejecutivo reglamente la ley en todos sus aspectos, por ejemplo de constitución de estos organismos, y podamos decir que la ley está funcionando a pleno”.

jueves, 13 de octubre de 2016

Falta periodismo sobre periodismo, dijo presidente de APU
Debería aumentar la comunicación entre periodistas y el debate sobre su trabajo dijo En De Ocho a Diez de Radio Uruguay, la presidenta de la APU, Victoria Alfaro. “Deberíamos hacer periodismo sobre periodistas”, agregó.

Alfaro, que asumió la presidencia de la Asociación, adelantó que uno de los objetivos de la nueva directiva es la de hacer de la página web una plataforma con espacio para la reflexión sobre la profesión.

Por otra parte, señaló que uno de los problemas de la profesión es el de las contrataciones irregulares. Periodistas que trabajan en relación de dependencia pero administrativamente se vinculan con el medio como empresa unipersonal, extensión inadecuada de la categoría de aprendiz o trabajo sin remuneración, son algunas de los casos.

“Hay una falta de control de las autoridades, porque es difícil hacer cumplir si no quiere cumplir más allá de pagar una multa; a veces la multa es menor al aporte”, dijo Alfaro. El Estado “a veces se mete y a veces no, según como convenga el asunto”, apuntó.

El avance de los medio en internet detrimento de los medios en papel, apuntó sobre uno de los aspectos de los cambio que genera la tecnología, aún no genera una ecuación económica que asegure la persistencia de los medios en papel.

Desde el punto de vista del lector de periodismo, agregó, haría falta educación en comunicación que enseñe los valores diferenciales que algunos géneros tienen en abordajes de diarios, semanarios o revistas. “Deberíamos tenerla como una materia en los liceos”, dijo.

Adelantó que dos de los puntos prioritarios de la gestión de la nueva administración será reforzar el sindicato. “Estamos armando un plan económico para poder lograr que el sindicato sea sustentable y también se trabajará para aumentar el número de afiliados”, dijo; hay 4.000 personas que ejerce la profesión y 700 afiliados, repasó.