miércoles, 6 de enero de 2016

Un informe jurídico dice que la empresa de Francisco Casal no incumplió la ley de medios

Un informe jurídico de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (Ursec) concluyó que no hay mérito para sancionar a Tenfield por no habilitar la emisión abierta de los partidos de la selección uruguaya de fútbol en el marco de la Eliminatoria para el Mundial de Rusia 2018 y que la empresa debería liberar la señal en caso de encuentros definitorios, como los del repechaje.


La denuncia contra Tenfield por una supuesta violación a la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA, conocida habitualmente como ley de medios) fue presentada por el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (Cainfo), el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (Ielsur) y la Asociación de la Prensa Uruguaya (APU).

Originalmente, el tema se planteó ante la Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) que en noviembre derivó el caso a la Ursec pidiendo que ese organismo sancionara a Tenfield.

Sin embargo, el informe jurídico previo elaborado por la sala de abogados de la Ursec aconseja desestimar el reclamo contra Tenfield, ya que entiende que la empresa no está obligada a ceder los derechos de los partidos de Uruguay y concluye que eso debería pasar solamente en instancias de semifinal y final del Mundial y siempre y cuando Uruguay dispute esas etapas.

El abogado del Cainfo, Martín Prats, dijo a El Observador que las organizaciones sociales que promovieron la denuncia contra Tenfield contestarán el informe jurídico de la Ursec e insistirán con su postura. "Para nosotros la ley es clara y también es notorio que ha existido un incumplimiento (de parte de Tenfield) y por eso se debería actuar en consecuencia", indicó Prats.

Una fuente de la Ursec dijo a El Observador que luego de que las partes presenten sus descargos respecto al informe jurídico, el organismo tomará resolución, cosa que se pretende hacer antes del próximo partido que Uruguay jugará por la Eliminatoria ante Brasil en marzo.

Ley cuestionada

La ley de SCA, en sus artículos 38, 39 y 40, establece que los partidos de Uruguay en fútbol y básquetbol son eventos deportivos de "interés general" y por tanto "deberán ser emitidos a través de un servicio de radiodifusión de televisión en abierto y en directo y simultáneo". La ley se refiere a "instancias definitorias de torneos internacionales y en instancias clasificatorias para los mismos". En noviembre, Tenfield presentó un escrito ante la Ursec cuestionando el procedimiento y también el reclamo contra la empresa.

"No puede forzarse a Tenfield a ceder en forma gratuita los derechos de transmisión cuando ni siquiera ha sido definido el alcance de la obligación contemplada en el artículo 39 (de la ley)", sostiene el escrito de la empresa que fue firmado por su vicepresidente, Nelson Gutiérrez. Tenfield también cuestionó que se pretenda aplicar la ley de SCA a pesar de que no está reglamentada. El presidente Tabaré Vázquez anunció el año pasado que el gobierno procederá a reglamentar la norma luego de que la Suprema Corte de Justicia se pronuncie sobre los reclamos de inconstitucionalidad, cosa que pasará en el primer semestre de 2016.

Tenfield se siente la "parte dañada"

Tenfield alertó a la Ursec que las acciones para expropiarle sin seguir el mecanismo previsto en el artículo 32 de la Constitución los derechos de emisión de los partidos de la selección uruguaya buscan "perjudicar indebidamente" a la empresa que se considera la "parte dañada". Por ese motivo, la firma que preside Francisco Casal entiende que está habilitada "a reclamar del Estado los daños y perjuicios provocados por su actuar".

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